El respeto a la verdad y el uso de los medios de comunicación.
El derecho
a la comunicación de la
verdad no es incondicional.
Vivimos inundados de
información y frecuentemente nos planteamos el dilema entre el derecho a
la privacidad y a la información.
La privacidad no es secretismo, es protección de la
intimidad de las personas que forma parte de la propia dignidad. Hay muchas
cosas verdaderas que solo deben ser conocidas en distintos ámbitos o escalones
de privacidad: individuo, pareja, familia, parientes, amigos,…Incluso, el
“secreto profesional” forma parte de ese derecho a la privacidad.
Hasta el punto de que solamente por motivos legales
o de justicia puede ser traspasada la puerta de la intimidad.
El Catecismo de la Iglesia, en el capítulo dedicado
al octavo mandamiento, «No darás testimonio falso
contra tu prójimo» (Ex 20,
16), establece unas pautas que son excelente referencia para lograr ese
equilibrio entre privacidad e información y son base para la ética profesional de la información.
Previamente,
el Catecismo nos habla del derecho a la buena reputación:
2477 El respeto
de la reputación de las
personas prohíbe toda actitud y toda palabra susceptibles de causarles un daño
injusto. Se hace culpable:
— de juicio temerario el que, incluso tácitamente, admite
como verdadero, sin tener para ello fundamento suficiente, un defecto moral en
el prójimo;
— de maledicencia el que, sin razón objetivamente
válida, manifiesta los defectos y las faltas de otros a personas que los
ignoran;
— de calumnia el que, mediante palabras contrarias a
la verdad, daña la reputación de otros y da ocasión a juicios falsos respecto a
ellos.
El derecho
a la comunicación de la
verdad no es incondicional
2488 El derecho
a la comunicación de la
verdad no es incondicional. Todos deben conformar su vida al precepto
evangélico del amor fraterno. Este exige, en las situaciones concretas, estimar
si conviene o no revelar la verdad a quien la pide.
2489 La caridad y el respeto de la verdad deben
dictar la respuesta a toda petición
de información o de comunicación. El bien y la seguridad del prójimo, el
respeto de la vida privada, el bien común, son razones suficientes para callar
lo que no debe ser conocido, o para usar un lenguaje discreto. El deber de
evitar el escándalo obliga con frecuencia a una estricta discreción. Nadie está obligado a revelar una verdad a
quien no tiene derecho a conocerla.
2492 Se debe guardar la justa reserva respecto a
la vida privada de la gente. Los
responsables de la comunicación deben mantener un justo equilibrio entre las
exigencias del bien común y el respeto de los derechos particulares. La
injerencia de la información en la vida privada de personas comprometidas en
una actividad política o pública, es condenable en la medida en que atenta
contra su intimidad y libertad.
2493 Dentro de la sociedad moderna, los medios
de comunicación social desempeñan un papel importante en la información, la
promoción cultural y la formación. Su acción aumenta en importancia por razón
de los progresos técnicos, de la amplitud y la diversidad de las noticias
transmitidas, y la influencia ejercida sobre la opinión pública.
2494 La
información de estos medios es un servicio del bien común. La sociedad tiene derecho a una
información fundada en la verdad, la libertad, la justicia y la solidaridad:
«El
recto ejercicio de este derecho exige que, en cuanto a su contenido, la
comunicación sea siempre verdadera e íntegra, salvadas la justicia y la
caridad; además, en cuanto al modo, ha de ser honesta y conveniente, es decir, debe respetar escrupulosamente las leyes
morales, los derechos legítimos y la dignidad del hombre, tanto en la búsqueda
de la noticia como en su divulgación».
2497 Por razón de su profesión en la prensa, sus
responsables tienen la obligación, en la difusión de la información, de servir
a la verdad y de no ofender a la caridad. Han de esforzarse por respetar con una delicadeza igual, la
naturaleza de los hechos y los límites el juicio crítico respecto a las
personas. Deben evitar ceder a la difamación.
2499 La
moral denuncia la llaga de los estados totalitarios que falsifican
sistemáticamente la verdad,
ejercen mediante los mass-media un dominio político de la opinión, manipulan a
los acusados y a los testigos en los procesos públicos y tratan de asegurar su
tiranía yugulando y reprimiendo todo lo que consideran “delitos de opinión”.
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