Costa Rica: original Proyecto de Ley
para prohibir “relaciones impropias” es presentado con apoyo de las víctimas.
Para
sancionar y evitar las relaciones sexuales de adultos considerablemente mayores,
con menores de edad.
Una víctima de una relación impropia a la
que fue sometida cuando tenía catorce años de edad por un adulto casi diez años
mayor, se convirtió en una de las principales promotoras del Proyecto de Ley
19.337 que define y prohíbe las relaciones impropias tipificándolas como un
delito con penas de prisión para los infractores.
El Proyecto de Ley que prohíbe las llamadas
Relaciones Impropias fue presentado en la Asamblea Legislativa por la diputada
Emilia Molina (PAC) quien estuvo acompañada por Ivannia Ramírez, la directora
de la Fundación Paniamor, Milena Grillo, y el doctor Alberto Morales Bejarano,
director de la Clínica del Adolescente del Hospital de Niños, para pedir la
aprobación de la iniciativa de Ley 19.337, conocido como “Prohibición de
Relaciones Impropias” para sancionar y evitar
las relaciones sexuales de adultos considerablemente mayores, con menores de
edad.
En la presentación, la joven Ramírez lanzó
una dura crítica al tribunal que resolvió la causa por abusos sexuales que
presentó años atrás, contra un hombre casi diez años mayor que ella. El agresor
fue declarado culpable y condenado por tener relaciones sexuales con una menor
de edad pero no fue a prisión porque el tribunal resolvió que fueron
consentidas por la menor y por no tener antecedentes penales, enfatizó.
La joven Ramírez afirma que “Los culpables de someter a una persona
menor a tener relaciones sexuales abusivas no pueden ser eximidos de cumplir en
prisión la condena que corresponde por este delito”
La joven fue más allá al señalar que si
este proyecto hubiera sido Ley de la República, su caso, en el cual hubo abuso
físico, abuso psicológico y abuso de poder, no podría haber sido considerado en
tribunales como relaciones sexuales consentidas “dado que la iniciativa aumenta
la edad mínima para el consentimiento sexual de los 13 años a los 15 años de
edad”.
El director de la Clínica del Adolescente
del Hospital de Niños, Morales Bejarano, secundó lo dicho por Ivannia, al
explicar las diferencias significativas existentes en la maduración cerebral
del adolescente y el adulto, diferencias que derivan en abusos, no sólo físicos
sino psicológicos por parte del mayor de edad en dichas relaciones impropias,
en las que también impera la desigualdad de poder.
El médico justificó también, desde el punto
de vista clínico, el rango de 5 años o más de diferencia entre el transgresor y
la víctima, para que se penalice una relación impropia.
El Ley 19.337 también prohíbe la
inscripción de matrimonios en el que uno o los dos sean menores de edad ante el
Registro Civil y establece que las penas no serán excarcelables para el mayor
de edad que tenga relaciones sexuales con menores de edad.
En Costa Rica, el 85% de los embarazos en
niñas menores de 15 años son de padres mayores de edad, producto de violaciones
y de relaciones impropias a las que son sometidas.
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